Los despachos aseguran que caerán las demandas de las empresas por la implantación de las tasas, a las que hay que sumar los honorarios de abogados y procuradores y la inseguridad de cobro aunque se gane el proceso
Las nuevas tasas judiciales en vigor desde el pasado 22 de noviembre también afectarán de forma sensible a las pequeñas y medianas empresas y a los autónomos. Los gravámenes aprobados instalan la obligación de un pago que oscilará entre 100 y 400 euros a la hora de reclamar que se abone una deuda de 2.000 euros en adelante.

¿Quién no tiene algún familiar o amigo cuya empresa tiene trabajos pendientes de cobro? Esta situación ahoga a un importante número de negocios en la Comunitat Valenciana. Sin embargo, la vía judicial para obtener el dinero adeudado se pone todavía más cuesta arriba tras la aprobación de las nuevas tasas.

Solo las reclamaciones de esta índole por importes inferiores a 2.000 euros estarán exentas del pago de tasas. De esa cantidad en adelante, los demandantes deberán pagar 100 euros por un juicio monitorio, 150 por un juicio verbal (solo por reclamaciones hasta 6.000 euros) y 300 por un juicio ordinario.

Pero no solo eso. El acreedor deberá abonar un 0,5% de la cantidad que reclama mientras sea inferior a un millón de euros y un 0,25% si supera el millón de euros. Si la reclamación se refiere a un juicio cambiario, la reclamación de un pagaré por ejemplo, la tasa aplicada es de 150 euros.

Además de estos impuestos fijos, el demandante deberá pagar como es lógico los honorarios de abogados y procuradores lo que, a juicio de diversos despachos de abogados consultados, provocará que los afectados opten por no demandar en muchos casos.

Por ejemplo, en una demanda por una deuda de 3.000 euros, los honorarios de un despacho de abogados medio oscila en torno a 600 euros (si bien esta cantidad puede variar según la regularidad, fidelidad o casos abiertos con el cliente); a ello hay que sumar el coste del procurador y la tasa, lo que llevaría al demandante a abonar unos 900 euros en el proceso. El problema, según apuntan diversos abogados, es que el demandado sea insolvente, con lo que el demandado tendrá muy difícil cobrar aunque gane la reclamación.

Sobre este problema incide José Ramón Pérez-Sahuquillo, experto en derecho civil de PSG Consultores preguntado por ValenciaPlaza.com, quien recalca las dificultades para cobrar de las pymes y los autónomos. «Un pequeño empresario o un autónomo que tiene varios clientes que le adeudan más de 2.000 euros cada uno, se ve bloqueado para continuar su trabajo y tiene muchas posibilidades de cerrar. Estas tasas son un agravante puesto que, además, ganar el proceso no te asegura que vayas a cobrar», explica.

Otro de los problemas para muchas empresas es el adelanto del IVA que se realiza en la facturación trimestral. Si luego existe un impago, el propietario del negocio tiene que reclamar judicialmente la deuda y presentarla en Hacienda para que conste que adelantó un IVA que luego no ha sido abonado por el cliente. Eso sí, este trámite para lograr el reintegro del IVA conllevará ahora la carga de la tasa judicial, en lo que se convierte en otro hándicap para empresarios y autónomos.

LA RECLAMACIÓN DE MULTAS, EL CASO «MÁS SANGRANTE»

Así, aunque Pérez-Sahuquillo recalca los problemas para pymes y autónomos con estas nuevas tasas -las empresas con facturación de varios millones de euros ya abonaban un impuesto-, admite que el caso «más sangrante» es el que atañe a los gravámenes en el contencioso administrativo. En las reclamaciones inferiores a 30.000 euros, el coste del procedimiento abreviado es de 200 euros.

Eso implica que si el usuario quiere reclamar por una multa de tráfico de 100 euros, la tasa costaría el doble que la propia multa, lo que significa que nadie acudirá al contencioso dado que perderá dinero. «Es desproporcionado -subraya el citado abogado- y no resulta extraño que todos los estamentos judiciales, asociaciones de jueces, fiscales, abogados… se hayan opuesto», concluye.

Noticia procedente de valenciavpplaza.es