El Gobierno ha emprendido la reforma de la protección por desempleo de los empresarios y trabajadores autónomos, para cumplir una vieja demanda de este grupo social que reúne a más de tres millones de personas. La modificación tiene dos líneas maestras. La primera es aumentar la protección y los trabajadores que se pueden acoger a ella, a cambio, eso sí, de obligar a las nuevas altas del colectivo a cotizar por ello a la Seguridad Social. Se trata de que el sistema, gestionado por las mutuas de Trabajo y conocido como protección por cese de actividad, pueda autofinanciarse, sin requerir fondos públicos adicionales. La reforma, que está incluida en la nueva norma que modifica las mutuas de la Seguridad Social, que gestionan esta prestación, aumenta el nivel de protección de los trabajadores autónomos al dar mayor flexibilidad para acceder a la cobertura. Así, a partir de la entrada en vigor de la ley, el beneficiario deberá demostrar a la Administración un saldo negativo –de pérdidas– al cierre del ejercicio, en el balance entre ingresos y gastos. A estos efectos, el primer año de inicio de actividad no cuenta, porque este es el periodo de cotización que, como mínimo, tiene que acreditar el autónomo.
Noticia procedente de Expansión.com